Preguntas Frecuentes sobre Vehículos Eléctricos y Generación Sostenible de Autoconsumo
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Sobre la recarga inteligente de vehículos eléctricos en comunidades y unifamiliar
1¿Debo ocuparme de la instalación de un punto de recarga en mi aparcamiento colectivo en un edificio en régimen de propiedad horizontal?
Según AEDIVE el punto de recarga vinculada (en casa) recargará el 85-90% de las necesidades, y además aprovechará las tarifas eléctricas super valle nocturnas. En 2030 el 55% de los coches nuevos serán híbridos o eléctricos. En 2020 se consiguió la autonomía eléctrica por baterías de 1.000km. Economía Digital. International Energy Agency. Mayo 2019. En 2030 habrá 2,5 millones de coches eléctricos en España. ANFAC. Noviembre 2019. En 2040 un 55% de los vehículos nuevos que se vendan y un 33% de la flota serán eléctricos. Bloomberg New Energy Finance.
En consecuencia una plaza con cargador tendrá un valor patrimonial mayor respecto otra que no disponga a la hora de su alquiler o transmisión. La carga vinculada (ver FAQS Sobre la movilidad eléctrica) difícilmente se realizará en la vía pública. Además hay la posibilidad de rentabilizar en un futuro la misma infraestructura: V2G, charge pooling, etc.
En aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios en régimen de propiedad horizontal de nueva construcción, se deberá ejecutar una conducción principal por zonas comunitarias (mediante, tubos, canales, bandejas, etc.), de modo que se posibilite la realización de derivaciones hasta las estaciones de recarga ubicadas en las plazas de aparcamiento. RD 1053/2014 de 12 de diciembre (BOE 15/1/2015) que aprueba la ITC-BT-52. El RD 450/2022 que modifica el Código Técnico de la Edificación obliga a electrificar completamente una de cada 40 plazas en edificios residenciales de nueva construcción.
El 20 de mayo de 2021 se aprobó la ley de Cambio Climático y Transición Energética del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico con el objetivo de lograr la neutralidad de emisiones de CO2 antes de 2050. Y para ello los vehículos de motor de combustión ya no se podrán matricular a partir de 2040 y utilizar después de 2050.
2Si tengo previsto adquirir un vehículo eléctrico, ¿puedo instalar un punto de recarga en mi plaza del aparcamiento comunitario?
Según la instrucción técnica ITC-BT-52 se puede instalar un punto de recarga en la plaza asociado a un contador contratado por ti, informando al administrador y presidente y con la debida justificación técnica (proyecto eléctrico que describa la instalación propuesta, ya que pasará por espacios comunes). La instrucción también te obliga a hacer un 15% de la preinstalación de las plazas de tu entorno. Por ejemplo, en Cataluña este derecho quedó recogido en la Reforma del Llibre V del Codi Civil de Catalunya, relativa al Règim de Propietat Horitzontal de 6 de mayo de 2015. Los propietarios de plazas residentes en la finca pueden conectar el cargador a su propio contador. Para el colectivo de no residentes nosotros aconsejamos que se haga la instalación comunitaria inteligente con balanceo dinámico de cargas para aprovechar al máximo la potencia disponible de la finca, reducir los pasatubos y cables para abaratarla al ser comunes, y dejarla preparada para que cada propietario se ponga el cargador cuando lo necesite en el futuro próximo.
3La potencia eléctrica en una finca comunitaria es limitada, ¿cómo hacer para que carguen el máximo número de vehículos eléctricos? La gestión dinámica de cargas.
La acometida y la potencia disponible en la finca suelen ser únicas para las viviendas y el aparcamiento comunitario. Excepto en casos de vivienda nueva reciente la potencia necesaria para la carga de VE en el aparcamiento de la finca no fue prevista en su momento. La potencia recomendada del cargador (7,4 kW) supera de mucho la de una vivienda (4,4 kW potencia contratada media en España) y en una finca frecuentemente hay muchas más plazas de aparcamiento que viviendas. Hay una reserva entre la potencia contratada y la disponible en la red, pero no suele superar el 50%. Con la potencia disponible solamente se podrían cargar un número reducido de VE. La ampliación de la línea general de alimentación (LGA) o acometida supondría unos costes de obra e instalaciones en la red, que la distribuidora repercutiría a la comunidad, y en la finca que encarecerían de entrada innecesariamente el coste de la infraestructura de recarga de los vehículos.
La gestión dinámica de cargas adapta la máxima potencia disponible según los VE que cargan en el momento. En una primera opción el balanceo se produce en una instalación totalmente dedicada a los cargadores. Dentro del aparcamiento se produce el balanceo de la carga off-line entre todos los cargadores, disminuyendo los que sus baterías están más cargadas para atender al recién conectado. Pero también existe la posibilidad de balancear conjuntamente con otras instalaciones que compartan la misma potencia disponible. No todos los cargadores inteligentes bajo protocolo OCPP podrían ser balanceados por el gestor de cargas de un fabricante.
4La instalación común de recarga inteligente ¿cómo funciona? Elementos de la instalación de recarga inteligente. ¿Son convenientes otras instalaciones?
La inteligencia recae en la comunicación entre los cargadores, los equipos smart que los controlan, como el gestor dinámico de cargas, y el uso de esta información para un administrador o un usuario.
Aunque lo recomendado es instalar un nuevo contador colectivo existe la posibilidad de utilizar el contador de los servicios comunes del parking para la iluminación, puertas, ventilación y ascensor, en su caso. También es posible un suministro para cada plaza con un contador independiente. Pero no son en general las opciones recomendadas por las instituciones ni los administradores de fincas.
Pongamos un ejemplo: una finca con 20 viviendas y 40 plazas de aparcamiento con una reserva de potencia de 50kW. Si los primeros propietarios de plazas, que no viven en la finca, se instalan por su cuenta el cargador con un nuevo contador la distribuidora deberá asegurarles el suministro con coeficiente de simultaneidad 1. Por tanto, con la potencia disponible, solamente se podrán cargar 6 coches (a 7,4kW). En cambio, con la recarga inteligente, podrían cargar al menos 20 (simultaneidad 0,3), y hasta todos ellos balanceando con el edificio y particularizando las cargas en función del tipo de vehículo. Cabe advertir de la onerosa reversión de la situación una vez se hayan ido autorizando instalaciones individuales, que además pasan por espacios comunes, para integrarlos en la infraestructura comunitaria.
5En el caso de la vivienda unifamiliar ¿qué beneficios tengo de la recarga inteligente?
Además de gozar de la monitorización remota y la obtención on-line de la información de consumos del cargador, añadir un sensor inteligente a la salida del contador permite ajustar de forma dinámica el consumo del VE antes de que se produzca una sobrecarga. El sensor mide el consumo de los electrodomésticos de la casa, genera la señal de mando al cargador y modifica la corriente de salida. De este modo también asigna más corriente para el vehículo eléctrico en los momentos en que la casa usa menos energía.
6¿Cuál el proceso para una instalación inteligente en mi Comunidad? ¿Cómo puede ayudar Plugecar a la Comunidad y a su Administrador?
7¿Qué opciones tengo para la contratación del suministro eléctrico del VE?
En caso de vivienda unifamiliar es conveniente disponer de tarifa con discriminación horaria de tres períodos para poder cargar el VE en el de Valle (24-8h) cuándo los peajes de acceso y la tarifa de consumo son los menores. En el caso de las comunidades debe estudiarse cada caso y vigilar la incorporación progresiva de cargadores para ir adaptando el contrato. Es probable que empiecen con más de 15 kW instalados e incorporen maxímetro por cada período.
8¿Qué significa una red inteligente? ¿En qué consisten los sistemas V2G y V2H?
Una red inteligente es una red eléctrica que incluye una variedad de medidas de operación y energía que incluyen medidores inteligentes, equipos eléctricos inteligentes, recursos de energía renovable y recursos energéticamente eficientes. El acondicionamiento electrónico de la energía y el control de la producción y distribución de electricidad son aspectos importantes de la red inteligente y es lo que permiten las posibilidades del V2G y V2H entre otras ventajas.
Vehicle-to-Grid (V2G) es un sistema en el que los vehículos eléctricos enchufables (vehículos eléctricos de baterías BVE, híbridos enchufables PHVE, de autonomía extendida REEV o de pilas de combustible de hidrógeno híbridos FCHV), se comunican con la red eléctrica para ofrecer la electricidad acumulada en sus baterías a precios acordados en respuesta a la variación de la demanda eléctrica mediante la inyección de electricidad a la red o mediante la limitación de la carga.
Vehicle-to-Home (V2H) es un concepto similar al V2G, pero sin enviar la energía almacenada a la red, ya que esta es consumida solo en la misma instalación local. En otras palabras: sería posible cargar la batería en el período de tarifa supervalle para consumirla en la casa durante el día, si no va a utilizar el vehículo eléctrico.
Con los avanzados modos de carga y tecnología PLC se comunican la compañía y el usuario. Un gestor de la demanda reduciría la potencia de recarga en una zona para disminuir la demanda, traspasaría electricidad de las baterías a las casas o llevaría energía a otras zonas de la ciudad. Cuando se traspasa a la red lo hace en las condiciones de comercialización acordadas. Un usuario puede generar electricidad fotovoltaica o eólica, almacenarla en su coche y usarla en la casa o pasarla a la red. En suma, un equipo V2G es capaz de enviar energía en dos direcciones: del VE a la red o de la red al VE. La energía almacenada procede de las baterías del VE o de baterías de soporte instaladas fuera del VE. La carga de estas baterías se puede hacer directamente de la CC (energía solar), dependiendo del VE.
Sobre la infraestructura de recarga inteligente de vehículos eléctricos en empresas.
1¿Debo instalar cargadores en el aparcamiento de mi empresa o centro?
Hace ya un tiempo que la Unión Europea ha tomado la iniciativa para descarbonizar las flotas de coches y furgonetas. Las emisiones en ciudades asociadas a la movilidad y ligadas al sector transporte representan más del 70% de dióxido de carbono, óxidos de nitrógeno y micropartículas emitidas a la atmósfera. Al margen de las que deben cumplir prescripciones derivadas de concursos públicos, cada vez más empresas, atendiendo voluntariamente a su Responsabilidad Social Corporativa, ofrecen a sus empleados o visitas que ya disponen de un vehículo eléctrico de la posibilidad de cargarlo. O bien porque sus comerciales o técnicos se mueven en entornos metropolitanos y deciden cambiar la flota a eléctrica. Centros comerciales, hoteles y otros centros de servicios no quieren dejar de fidelizar los clientes inmersos en la revolución de la movilidad sostenible.
En aparcamientos o estacionamientos de flotas privadas, cooperativas o de empresa, o los de oficinas, para su propio personal o asociados, o depósitos municipales de vehículos de nueva construcción deben dotarse las instalaciones necesarias para suministrar a una estación de recarga por cada 40 plazas. En aparcamientos o estacionamientos públicos permanentes, hay que dotar las instalaciones necesarias para suministrar a una estación de recarga por cada 40 plazas. RD 1053/2014 de 12 de diciembre (BOE 15/1/2015)
La ley de Cambio Climático y Transición Energética aprobado el 20 de mayo de 2022 establece Zonas de Bajas Emisiones a partir de 2023 para ciudades de más de 50.000 habitantes. Si tenemos en cuenta que los vehículos de motor de combustión ya no se podrán matricular a partir de 2040 y utilizar después de 2050 se hace necesario planificar la sustitución de la flota de reparto urbano o metropolitano.
A tenor del RD 29/2021 de 21 de diciembre de 2021 los parkings abiertos al público a rotación o abonados deberán disponer a 1 de enero de 2023 de un punto de recarga por cada 40 o 20 plazas, ya sean de titularidad pública o privada.
Sobre la infraestructura de recarga inteligente de vehículos eléctricos pública.
1¿Debo instalar cargadores en el aparcamiento de mi municipio?
En aparcamientos o estacionamientos públicos permanentes, hay que dotar las instalaciones necesarias para suministrar a una estación de recarga por cada 40 plazas. En la vía pública, deberán efectuarse las instalaciones necesarias para dar suministro a las estaciones de recarga ubicadas en las plazas destinadas a vehículos eléctricos que estén previstas en el Planes de Movilidad Sostenible supramunicipales o municipales. RD 1053/2014 de 12 de diciembre (BOE 15/1/2015).
Opciones de puntos de recarga en municipios.
Al solicitar el nuevo suministro hay que afrontar la obra civil necesaria en la calle para satisfacer la nueva acometida y los armarios para alojar el seccionamiento y los equipos de protección y medida. Existe la posibilidad de instalar puntos de recarga en corriente alterna monofásica. Se recomienda instalar entonces múltiplos de tres puntos para aprovechar las tres fases del suministro de electricidad solicitado a la distribuidora. No obstante la máxima potencia de carga va a ser 7,4 kW, considerada lenta-normal. La instalación de cargadores semi-rápidos en corriente trifásica alterna hasta 22 kW van a permitir un menor tiempo de ocupación del punto de recarga para las recargas de oportunidad demandadas. Los rápidos en corriente continua a 50 kW permiten seguir operando la jornada al vehículo en menos de media hora.
Sobre la generación renovable para autoconsumo
1¿Debo ocuparme de hacer una instalación de generación de energía renovable en mi empresa o centro?
Esta década está llamada a la integración de tecnologías: vehículo eléctrico, mejora de las baterías, vehículo eléctrico y generación de energías renovables. Puedo ofrecer a mis visitas y empleados, para el desplazamiento al trabajo o en gestión, puntos de recarga que podrán estar vinculados a una recarga de origen renovable y de autoconsumo, de modo que los costes sean mínimos una vez amortizada la instalación.
En 2030 de acuerdo con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (Directiva europea UE 2018/2001 de energías renovables) el 74% de la energía en España será renovable. Se enmarca en las medidas de la transición energética para combatir la emergencia climática y medioambiental en Europa y global, título de la primera resolución del Parlamento Europeo para instar a los gobiernos a tomar acciones políticas concretas a la Comisión Europea que garantice que todas las propuestas legislativas y presupuestarias tengan de objetivo limitar el calentamiento a un máximo de 1,5º. En una segunda insta a la UE a presentar una estrategia que neutralice las emisiones a 2050. El RD244/2019 de 5 de abril abre la puerta a contribuir a hogares y empresas a participar del cambio de modelo energético, modelo descentralizado que acerca el consumo al centro de generación de energía reduciendo las pérdidas de transporte y permite al ciudadano convertirse en actor del cambio.
Según el Documento Básico HE Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación Ministerio de Fomento (RD 732/2019 de 20 de diciembre) los edificios nuevos distintos a residencial privado de superficie construida S mayor que 3.000 m2 están obligados a dotar entre un mínimo de 30 kW (o un 1% de S) y un máximo de 100 kW (limitado al 5% de la superficie de cubierta) de potencia instalada de energía renovable (fotovoltaica u otra).
2Modalidades de autoconsumo
El autoconsumo puede ser individual o colectivo. Puede ser autoconsumo Sin Excedentes (con sistema antivertido a la red de excedentes) individual en vivienda unifamilar o colectivo en bloque de pisos. No obstante tanto si es individual como colectivo existe la posibilidad de acogerse a compensación de excedentes (consecuencia de la aparición de excedentes horarios individualizados). Luego puede ser autoconsumo Con Excedentes (con acogida a compensación o no): instalaciones próximas y asociadas a las de consumo.
En autoconsumo con excedentes y compensación en cada período mensual de facturación en la factura de la comercializadora se compensará la energía vertida valorada al precio medio del mercado horario menos coste de los desvíos (consumidores PVPC, precio voluntario al pequeño consumidor) o el acordado con la comercializadora, aplicándose si procede el bono social y peajes e impuestos procedentes. En ningún caso puede haber beneficio en la venta del vertido, ni puede compensar los peajes de acceso: debe cumplirse que la energía primaria sea renovable, que la potencia sea inferior a 100 kW, que haya un solo contrato para el consumo asociado y consumos auxiliares con una comercializadora, haya suscrito un contrato de compensación de excedentes de autoconsumo s/RD244, y no sujeta a un régimen retributivo adicional o específico dicha instalación de producción (s/RD413/2014 de 6 junio).
Al autoconsumo con excedentes y sin compensación pertenecen los que no cumplen lo anterior u opten a vender los excedentes en el mercado eléctrico. En este caso recibe el tratamiento del resto de energía producida por renovables: para IVPEE (impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica) y 7% de peaje de generación de 0,5€/MWh.
El autoconsumo puede ser individual o colectivo si hay varios consumidores asociados a la instalación o instalaciones de producción próximas. Todos pueden instalarse elementos de almacenamiento asociados (baterías) y deben tener contrato de suministro. Las instalaciones de generación pueden estar conectadas a través de red interior o a través de red (requisitos de instalaciones próximas a través de red: conexión en BT (<1kV) del mismo centro de transformación, distancia entre contadores de generación y consumo <500m). Consumidor (vecino) y propietario (comunidad de propietarios) pueden ser personas físicas o jurídicas distintas.
3¿Puedo instalar placas en la cubierta de mi edificio o de mi nave?
Habrá que estudiar la edificación en particular. Las naves existentes normalmente no han previsto una sobrecarga de 15-30kg/m2 para las placas con las subestructuras convencionales y requerirían reforzar la cubierta, puesto que están dimensionadas cumpliendo estrictamente la Normativa estructural. Pero podemos estudiar subestructuras y configuraciones que apenas signifiquen sobrecarga, de manera que puedan instalarse prácticamente en cualquier cubierta en buen estado. Las cubiertas de edificación residencial tienen una sobrecarga de mantenimiento de 100 kg/m2, no concomitante con la permanente de las placas, pero generalmente tienen una superficie limitada para las placas. Aparte del uso que se otorgue a la azotea es conveniente verificar que no haya alguna restricción en el Departamento de Urbanismo del municipio, por ejemplo derivada del PGOU o de una ordenanza solar municipal, por si en centros históricos o zonas de protección ambiental hubiese alguna figura de protección.
4Rentabilidad de instalaciones fotovoltaicas amortizadas
Ejemplos de ahorros por compensación (según la Guía IDAE 021 Profesional de Tramitación del Autoconsumo)
- Autoconsumo individual CON excedentes y CON compensación, conectada en RED INTERIOR, con una simultaneidad del 30% entre su consumo y la generación: ahorros del orden del 50%; si fuera capaz de generar todo su consumo dimensionando la instalación sería de más del 60%.
- Autoconsumo individual CON excedentes y SIN compensación (venta como productor al mercado asumiendo pagos de comercialización, impuesto a la producción y peaje de generación), conectada en RED INTERIOR, con una simultaneidad del 30% entre su consumo y la generación: ahorros del orden del 46%.
- Autoconsumo colectivo CON y SIN excedentes (la producción se adapta al consumo, puesto que no se vuelca electricidad a la red, si no se consume no se genera) y CON compensación, consumidores conectados en RED INTERIOR. Los consumidores tienen un acuerdo estático de reparto de la energía, no obstante hay una disposición normativa que está desarrollando los requisitos y mecanismos para que el reparto pueda ser dinámico. Esto significa que la energía que se genere en un sistema colectivo se podrá compartir entre los usuarios en función de quién esté consumiendo en cada momento, y por tanto un mayor aprovechamiento de la instalación. Actualmente los ahorros individuales pueden oscilar del 30-40%, dependiendo de lo bien que se adapten los consumos a la generación fotovoltaica. Recordemos que la generación puede ser CON compensación si es renovable y <100kW.
5Tramitación de una instalación de autonconsumo
Antes de instalar, si no hay restricciones en el emplazamiento elegido por Urbanismo del ayuntamiento derivada del PGOU, (p.e. centro histórico), el ayuntamiento debe dar licencia de obras, en Cataluña la Generalitat la autorización ambiental y de utilidad pública (en función si hay zona ZEPA o servidumbres para eólicas) y autorización administrativa, y la Distribuidora y/o Comercializadora el aval, permiso de acceso y conexión, solicitud de CAU (Código de autoconsumo: CUPS+a+3 cifras), y contrato de acceso y conexión.
Después de instalar el ayuntamiento otorga la licencia de actividad, la Generalitat de Catalunya puede pasar inspección, hay que presentar CIE y/o fin de obra (si >10Kw) y obtener autorización de explotación. El Estado solicita inscripción en un registro de autoconsumo de energía eléctrica e inscripción en RAIPRE, y la Distribuidora y/o Comercializadora verificación, contrato de acceso, contrato de servicios auxiliares, comunicación de acuerdo de reparto, comunicación de compensación de excedentes y contrato de representación.
Los 17 pasos de la tramitación pueden reducirse en determinados casos, por ejemplo cuando la potencia instalada (la máxima del inversor a régimen permanente de funcionamiento o potencia nominal del inversor) es <100kW.
- SIN EXCEDENTE y <100kW: No es necesaria autorización administrativa, ni autorización de explotación, ni contrato de acceso, ni licencia de actividad, inscripción e RAIPE. Los ayuntamientos pueden considerar abonos hasta 50% IBI por inversión en renovables. Las instalaciones deben someterse al REBT y al ICT-BT-40. Hay unos consumos auxiliares de la propia instalación que si son <1% se consideran despreciables.
- CON EXCEDENTE y <100kW: Si <15kW en suelo urbanizado con dotaciones no deben pedir permiso de acceso y conexión; la potencia nominal de generación debe ser inferior a la de la acometida. Si 15kW>P<100kW deben solicitar acceso y punto de conexión, exenta de inscripción en RAIPE. La distribuidora puede repercutir el coste de repotenciar la línea y el transformador afectado al mismo nivel de tensión del punto de conexión a cargo del solicitante. No necesaria la autorización administrativa previa ni de construcción. La tasa e impuesto de construcciones y obras puede ser bonificado hasta 95%. La autorización de explotación se asocia al CIE. Es necesario el contrato de acceso si el consumo de los servicios auxiliares supera el 1%.
6Almacenamiento de energía: en baterías a bordo del VE y fuera de él
El almacenamiento de energía es una oportunidad para mejorar algunos aspectos relacionados con la carga: la velocidad de carga del VE podrá ser más rápida cuando la energía local disponible sea baja, y en cuanto a la red eléctrica podrá evitar su colapso debido a la demanda excesiva del momento y aplanar la curva de demanda.
La energía para cargar un VE también puede venir de energía renovable producida localmente (por ejemplo, a través de la instalación fotovoltaica en la cubierta doméstica) o producida por la generación en parques solares o eólicos.
Si observamos como se produce la electricidad veremos cómo en algunos países como Alemania, Reino Unido, Holanda, Dinamarca o España la generación eólica es importante (en Alemania representa el 35% de la generación anual total). Esta cifra podría ser aún más importante si no fuera porque los parques eólicos se utilizan para regulación rápida de las variaciones de la generación frente a la demanda (un generador eólico puede desconectarse de la red en segundos). Ocurre, pues, que los aerogeneradores no producen electricidad siempre que hay viento. El desperdicio de recursos naturales no es lógico cuando la infraestructura está disponible. Una visión macro energética demuestra que esta energía del viento que se desaprovechada podría ser utilizada para cargar los VE.
La energía generada por el sol o el viento se puede almacenar, aumentando así la potencia en determinados lugares en los que resultaría muy costoso o no viable dicho aumento. Esto se puede hacer con almacenaje discreto (baterías 15kWh), medio (100kWh) o muy grande (1MWh). Otra posibilidad de almacenamiento de energía es el propio VE. La energía almacenada en su interior se podría utilizar para ayudar a la red con V2H o V2G, como ya hemos visto en la respuesta a otra pregunta.
Los retos tecnológicos más importantes se encuentran, sin duda, en las baterías. La nueva generación de baterías debe proporcionar una mejor relación kWh versus volumen, peso y coste.
Sobre la movilidad eléctrica
1Tipos de recarga de un VE. Tiempo de recarga. Modos de recarga. Tipos de conectores usados por los VE. Redes de recarga.
Podríamos decir que existe una recarga superlenta, una lenta/normal (o vinculada), la semi-rápida (o de oportunidad) y las rápida y ultra-rápida (o de destino). Los tiempos de carga varían entre 7h para cargar el equivalente a recorrer 100 km, 2h en los cargadores normales actuales, 30 min en los rápidos y unos pocos minutos con los supercargadores.
Los modos de recarga van de 1 a 4, siendo el modo 3 el aconsejado para particulares y empresas.
Los tipos de conectores adoptados varían según los distintos modelos de vehículos eléctricos, siendo el tipo 2 o Mennekes el de mayor aplicación en Europa para cargas vinculadas o de oportunidad.
Existen varias redes de cargadores donde se ofrece la posibilidad de recarga en modo 3 o 4. Diferentes plataformas on-line administran la información de subredes de cargadores.